
El Decreto Supremo N.° 011-2026-EM optimiza el proceso de adecuación ambiental para actividades eléctricas en curso mediante el Plan Ambiental Detallado (PAD). Simplifica el procedimiento administrativo y otorga un nuevo plazo para regularizar la situación ambiental de las empresas.
¿A quiénes aplica?
A titulares de actividades del subsector electricidad que:
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Iniciaron operaciones sin un Instrumento de Gestión Ambiental aprobado.
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Realizaron ampliaciones o modificaciones sin la aprobación previa correspondiente.
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Operaron bajo el régimen de Declaración Jurada.
Requisito indispensable: Las actividades o componentes deben haberse construido antes del 8 de julio de 2019.
Plazos clave
Hasta el 11 de enero de 2027: Plazo excepcional para presentar el PAD.
Hasta el 11 de julio de 2027: Plazo máximo en caso de solicitar una prórroga única de 6 meses.
Riesgos por no regularizar
No acogerse a tiempo puede conllevar procedimientos administrativos sancionadores, restricciones operativas y la pérdida definitiva de este beneficio excepcional.
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Diagnóstico de cumplimiento ambiental.
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Elaboración y presentación del PAD.
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Atención de observaciones y acompañamiento técnico ante el MINEM.
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