
La Resolución Ministerial N.° D000162-2026-MIDAGRI-DM aprueba nueve (9) formatos oficiales de Fichas Técnicas Ambientales (FTA) para proyectos y actividades en curso del sector agrario y de riego que presentan superposición con Áreas Naturales Protegidas (ANP), Zonas de Amortiguamiento (ZA) y Áreas de Conservación Regional (ACR), en el marco del Reglamento de Gestión Ambiental del Sector Agrario (DS Nº 006-2024-MIDAGRI y modificatorias).
¿CUÁLES SON LOS 9 FORMATOS APROBADOS?
- Proyectos de inversión:
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- Cultivos agrícolas (innovación y fortalecimiento).
- Actividades pecuarias (innovación y fortalecimiento).
- Mantenimiento/mejoramiento de infraestructura hidráulica menor.
- Proyectos de siembra y cosecha de agua y servicios ecosistémicos.
- Obras de defensa ribereña (construcción con roca o prevención de eventos extremos).
- Actividades en curso:
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- Cultivos agrícolas en curso y otras actividades operativas agrarias/pecuarias preexistentes en ANP/ZA/ACR.
SANCIONES Y RIESGOS POR INCUMPLIMIENTO:
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- Paralización inmediata de actividades u obras: Operar sin la FTA aplicable en zonas de sensibilidad ambiental (ANP/ZA/ACR) es causal de medidas cautelares y detención de obra por parte de la autoridad sectorial o el OEFA.
- Multas graves: Incumplir la presentación de la FTA acarrea sanciones administrativas por afectación a áreas protegidas.
¿DESARROLLAS ACTIVIDADES AGRARIAS O DE RIEGO CON SUPERPOSICIÓN EN ANP, ZA O ACR?
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